Graduación Federativa vs Graduación Marcial. by J. Gaby. C

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(Publicado el 26/4/2017)

Graduación Federativa vs Graduación Marcial.

Voy a realizar una reflexión sobre el valor de la graduación federativa y la graduación marcial que  puede aplicarse a las distintas federaciones reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o no, ya se trate de karate, de wushu, de artes marciales filipinas… ,con sus departamentos dependientes a la par que independientes, resumiendo… en aquellas ramas marciales en las cuales hay diferentes maneras de entender su arte. (Karate: Goyu Ryu, Shotokan, Shito ryu, Shotokan…, en wushu/kungfu: Hung Gar, choy lee fut,

bak ho pai… , artes marciales filipinas: Lameco, Kombatan… )

Sentemos las bases para la reflexión:

1- Un mismo departamento aglutina «X» número de sistemas

2- No todos los maestros federativos conocen todos los estilos/sistemas.

3- La valoración en los exámenes se realiza por varios «jueces»

4- Los jueces de examen no tienen porqué pertenecer al mismo sistema de quienes se examinan.

5- En los grados superiores se realiza una «mini tesina» de tema libre siempre y cuando no se haya realizado ya.

6- Tiempo transcurrido entre grados.

7- Meritación deportiva.

8- Meritación Educativa.

1- Un departamento X Sistemas.

Esto en principio no tiene porqué resultar un problema, la unión hace la fuerza, da otra perspectiva de las artes marciales de un mismo origen geográfico (a grandes rasgos).

2- No todos los maestros federativos conocen todos los sistemas.

Con lo que cuesta llegar a la maestría en un solo sistema, como para tener que conocer todos. Eso no quita que se conozcan las cuatro líneas generales de otros sistemas.

3- Valoración de los exámenes por varios «jueces»

Esto parece garantizar una valoración justa, lejos de la decisión personal arbitraria.

4- Los jueces no tienen porqué coincidir en estilo con los de los examinados.

Esto puede representar un problema a menos que la valoración venga dada por unas líneas generales, es decir, que cumplen (los examinados) con la velocidad, coordinacion, fuerza empleada, combinación según los sistemas… etc.

5. Realización de una minitesina.

En mi modesta opinión, puesto que esto se solicita en grados superiores no debería ser una mini tesina, como mínimo una tesina con defensa ante tribunal.

6. Tiempo transcurrido entre grados.

Este punto es importante porque a priori refleja las horas dedicadas al aprendizaje y práctica, por tanto garantiza un «mínimo» de adquisición de «conocimientos»; sin embargo, el hecho de contarse estas horas exclusivamente por número de licencias no garantiza que esas horas se hayan realizado, sólo garantiza que se ha tramitado y pagado la licencia federativa.

7. Meritación deportiva.

Otro punto más con claroscuros, porque si bien el conseguir primeros puestos presupone una capacidad alta y/o un gran esfuerzo en la preparación, dependerá del número de adversarios deportivos (no es lo mismo quedar el primero de tres, que de cincuenta); por otro lado, estamos hablando de méritos «deportivos», no marciales.

8. Meritación educativa.

Muy buen punto a tener en cuenta, cuanto mejor preparados estén los «Maestros», mayor será la calidad de enseñanza y por ende… mayor calidad de los futuros «maestros». Aunque queda un tanto en buena intención la meritación educativa cuando se tienen exclusivamente en cuenta los estudios realizados sobre la educación física. ¿por qué digo que se queda en buena intención? Porque con las enseñanzas del día a día ya se va creando ese conocimiento necesario (nunca es suficiente y es deseable seguir aprendiendo) pero hay otras áreas que también deberían ser meritables (léase psicología, ciencias médicas…etc).

Antes de llegar a conclusiones cabe preguntarse…

¿Los maestros examinadores están adecuadamente cualificados en sus sistemas?

¿Lo solicitado en los exámenes es específico del sistema?

Siendo las tesinas de carácter general… ¿son valoradas en general?

Por mi parte, llego a la conclusión, a grandes rasgos, de que los grados federativos sólo reflejan tres partes:

– El conocimiento general de lo que es «X» arte marcial.

– La recompensa a la fidelidad por haber seguido federado.

– Eminentemente son grados deportivos.

Y en consecuencia, que los grados federativos no tienen nada que ver con el grado marcial o de capacitación en un sistema concreto.

Ahora veamos los grados marciales.

Dentro de este grupo englobo a asociaciones, pseudofederaciones y cualquier otro grupo que imparta clases de artes marciales.

Veamos las condiciones primero:

1- No suelen estar avaladas por nadie que no sean los que componen la «organización», si bien tienen apoyos o reconocimientos de otras «organizaciones» del mismo tipo.

2- Son tan legales como las federaciones avaladas por el CSD tanto en cuanto están registradas y se rigen por las leyes de asociación.

3- Los examinadores suelen pertenecer a la misma asociación y por tanto conocedores del sistema/estilo marcial que practican.

4- El tiempo entre grados puede variar, incluso hacerse cursos «rápidos» de representante del sistema/estilo.

5- Ignoro si hay obligación de presentar tesina.

6- Dependiendo de la «organización» es el mismo «maestro» que imparte las clases quien otorga la graduación, aunque en ocasiones son varios los examinadores, pero siempre dentro de su «sistema/estilo»

7- Pueden o no competir en «Opens» aunque eso no es meritable para obtener un grado.

8- Desconozco si existe meritación educativa.

1. No suelen estar avaladas por nadie que no sean los que componen la «organización», si bien tienen apoyos o reconocimientos de otras «organizaciones» del mismo tipo.

Esto, en principio podría parecer un handicap porque no se pueden dedicar al deporte federado aunque si competir (en Opens) y se pueden dedicar profesionalmente a la enseñanza del arte marcial mientras cumplan con los requisitos «legales». El hecho de no estar bajo el CSD, les permite no plantearse necesariamente el trabajo (la enseñanza) desde un punto de vista deportivo si no marcial.

2. Son tan legales como las federaciones avaladas por el CSD tanto en cuanto están registradas y se rigen por las leyes de asociación.

Sobre este punto mencionar que tiene confluencias con el anterior, pero añadiré que no se rigen por una normativa dictada por CSD o por la federación a cuyo departamento pertenece. Por tanto esto al igual que otros temas que toco, tiene las dos caras de la moneda, no necesita que nadie ajeno supervise su normativa ni temario y esta misma razón positiva se convierte en negativa cuando el no tener control/supervisión, no garantiza que la enseñanza sea de calidad.

3. Los examinadores suelen pertenecer a la misma asociación y por tanto conocedores del sistema/estilo marcial que practican.

Este es uno de los puntos mejores, los examinadores conocen y practican el mismo arte marcial de quien examinan lo cual garantiza que quien esté aprobado realmente tendrá los conocimientos y el nivel adecuados. Ahora bien, dependiendo del nivel del examinador, del posible interés económico que haya detrás… igual el aprobado no tiene ese nivel deseable.

4. El tiempo entre grados puede variar, incluso hacerse cursos «rápidos» de representante del sistema/estilo.

Por una parte esto sería bueno si tenemos en cuenta que no todo el mundo aprende a la misma velocidad aunque me temo que en ocasiones predominan razones ya mencionadas anteriormente, y es que estas «organizaciones» no reciben subvenciones como así sucede con las federaciones bajo el CSD.

5. Ignoro si hay obligación de presentar tesina.

Sería deseable.

6. Dependiendo de la «organización» es el mismo «maestro» que imparte las clases quien otorga la graduación, aunque en ocasiones son varios los examinadores, pero siempre dentro de su «sistema/estilo».

Si el «Maestro»examinador es el mismo que nos enseña, no cabe duda de que viéndonos cada día, sabe el nivel que tenemos, y dependiendo el grado de examen, se puede «perdonar» el nerviosismo del examinado con el condicionante de que debe mejorar ese aspecto.

7. Pueden o no competir en «Opens» aunque eso no es meritable para obtener un grado.

Esto es un buen punto a tener en cuenta. Pueden disfrutar de la experiencia de la competición, del límite de las reglas… sin necesidad de emplear un gran porcentaje de las clases a la preparación deportiva.

8. Desconozco si existe meritación educativa. Sería deseable.

Creo que las organizaciones ajenas a la influencia del CSD tienen la ventaja de poder dedicarse a una enseñanza más marcial y menos deportiva al que las federaciones bajo su ala. Que hay un mayor control de las federaciones CSD que de las asociaciones; pero que sin embargo tanto en unas como en otras no resulta una ventaja su estado (eso lo argumentaré otro día). Que las graduaciones tanto en unas como en otras no tienen porqué representar la realidad de su nivel técnico. Que en unas (al haber mayor control y disponibilidad económica) se consigue un beneficio a nivel  de «Ego» y en las otras a nivel de «Ego» y/o «económico. En definitiva, quizás sería necesario un replanteamiento de unas y otras, después de todo (pienso en voz alta) la asociación de un grado con un nivel técnico afecta al resto (si alguien dice ser cinturón negro 2º, 3º,.. y su exhibición o el resultado de un combate callejero (aunque sería preferible aquello de «vencer sin luchar») es penoso… todas aquellas personas que obstenten el mismo nivel serán tildados de igual manera.

Es mi opinión debida a la reflexión exclusivamente.

Gaby C